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    Condiciones de Contratación

    CONDICIONES GENERALES DE LA CONTRATACIÓN

    REFRIGERACIÓN DE RIVEIRA S.L.

    1. Ámbito de aplicación
    Las presentes condiciones generales de contratación serán aplicables a cualquier contrato que se realice entre la empresa REFRIGERACIÓN DE RIVEIRA S.L. (en adelante “la Empresa”) dentro de su actividad (instalación y reparación de sistemas de frío industrial y climatización) y cualquier otra empresa que contrate con ella (en adelante “Cliente”, “Proveedor” o “Subcontratista”), salvo que se haya acordado otra cosa por escrito.

    Sólo podrán ser modificadas por acuerdo escrito entre las partes. No se aplicarán en ningún caso las condiciones generales del cliente, proveedor o subcontrata que estén en conflicto o contradigan las presentes, incluso aunque la empresa las conozca. La modificación de estas condiciones no afectará a contratos ya perfeccionados. Están disponibles en las oficinas de la empresa en C/ Deán Pequeno 113, Riveira (A Coruña), en la URL www.climafrio.gal y en el Registro de Bienes Muebles de A Coruña.

    2. Condiciones de venta / alquiler

    2.1 Presupuesto
    El CLIENTE tiene derecho a un presupuesto escrito y detallado con validez de 90 días. Si tras recibirlo decide no realizar los trabajos, deberá abonar las horas empleadas y los gastos ocasionados. Si encarga el trabajo directamente, se entiende que renuncia al presupuesto. La aceptación podrá hacerse por firma, correo electrónico, fax o telefónicamente. No se iniciará el trabajo sin el pago de la entrega a cuenta solicitada.

    2.2 Tiempo y lugar de entrega
    El plazo será el pactado en el contrato. Serán responsabilidad del cliente: accesibilidad al lugar, energía eléctrica, agua, medios de carga y descarga, libertad de tránsito del personal, etc. El plazo podrá ampliarse en caso de incumplimiento de requisitos, datos incorrectos o causas ajenas a la empresa.

    2.3 Precio
    Los precios son netos y no incluyen impuestos salvo pacto escrito. Se expresarán en la divisa acordada y se aplicarán según condiciones pactadas o Incoterms aplicables.

    2.4 Forma de pago
    El pago se hará al contado salvo pacto escrito. Si se pacta aplazamiento, los retrasos devengarán intereses legales. La empresa podrá exigir garantías antes de continuar servicios.

    2.5 Intereses e indemnización por costes
    El CLIENTE pagará intereses de demora conforme a la Ley 15/2010 y podrá ser reclamado el coste de cobro.

    2.6 Aceptación
    El documento de entrega deberá firmarse por el cliente o autorizado. En su ausencia, la firma de otra persona identificada en el lugar será válida. La empresa podrá cobrar almacenaje de productos. En los alquileres, el arrendatario recibe el material en buen estado y debe devolverlo igual, siendo responsable de daños o negligencias. El material es propiedad del arrendador y no puede subarrendarse. En caso de pérdida o robo, se facturará como venta a precio de mercado.

    2.7 Garantía
    La empresa se adhiere a la garantía del fabricante o la exigida por ley. Quedan excluidas deficiencias por desgaste, mal mantenimiento o causas externas. La garantía se aplica sólo si el pago se ha cumplido y se demuestra el defecto mediante control interno.

    2.8 Seguros
    El riesgo pasa al cliente una vez entregado el objeto del contrato.

    2.9 Incumplimiento del cliente
    Ante incumplimiento o concurso del CLIENTE, la empresa podrá rescindir el contrato o suspender la ejecución sin responsabilidad. Todos los pagos pendientes serán exigibles inmediatamente.

    2.10 Reserva de dominio
    La empresa conservará la propiedad del material hasta el pago completo, pudiendo retirarlo ante incumplimiento.

    2.11 Compensación
    La empresa podrá compensar deudas mutuas con el cliente o su grupo empresarial.

    3. Condiciones de compra
    El proveedor se compromete a cumplir lo acordado en el pedido, normativa vigente y requisitos legales (laborales, fiscales, ambientales, PRL, etc.). Garantiza que los productos son de su propiedad, de calidad y sin cargas. Debe reparar o sustituir defectos durante el período de garantía y asumir costes derivados del incumplimiento. Ningún pedido será válido sin la firma del gerente o director de compras de REFRIGERACIÓN DE RIVEIRA S.L.

    4. Obligaciones de las subcontratas
    Las subcontratas deben aplicar las normas de seguridad, salud y prevención vigentes (Ley 31/1995 y RD 1627/1997), informar a su personal, usar EPIs, cumplir con la coordinación de actividades empresariales y tener seguro de responsabilidad civil. Son responsables de los daños, retrasos o defectos y deberán adoptar medidas correctivas si se detectan incumplimientos.

    5. Fuerza mayor
    Se entiende por fuerza mayor cualquier causa fuera del control de las partes (huelgas, incendios, inundaciones, etc.). Si impide el cumplimiento, la parte afectada deberá notificarlo. La empresa no será responsable por incumplimiento debido a fuerza mayor, pero el cliente deberá pagar los envíos ya realizados.

    6. Notificaciones
    Serán válidas las comunicaciones por correo postal, electrónico, teléfono, SMS, fax o WhatsApp a los datos facilitados por el cliente. Este debe mantener sus datos actualizados.

    7. Confidencialidad y protección de datos
    De acuerdo con la Ley Orgánica 15/1999, los datos personales del cliente se incluirán en el fichero CLIENTES de la empresa con el fin de gestionar la relación contractual. El cliente podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición comunicándolo por escrito al Responsable de Protección de Datos. La empresa mantendrá los datos cinco años tras finalizar el contrato.

    8. Separabilidad
    Si alguna cláusula resultase inválida, las demás conservarán su validez.

    9. Ley aplicable
    Las condiciones se regirán por la legislación española.

    10. Fuero - Cláusula especial de arbitraje
    Las partes se comprometen a resolver de forma amistosa cualquier disputa. Si no es posible, someterán el conflicto al Tribunal de la Asociación para el Arbitraje Mercantil (TAM), conforme a su reglamento. Se someten expresamente al ordenamiento jurídico español.

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